El departamento: Aquí estoy y aquí me quedo

El rol histórico y político de los departamentos en la configuración territorial colombiana es incuestionable. Se hallan a la base de la arquitectura institucional establecida a nivel subnacional desde 1886. Representaron la solución política ofrecida por las fuerzas emergentes de la Regeneración al moribundo federalismo en orden a no alterar geografías, jurisdicciones y poderes forjados a su interior para facilitar un centro único de poder: centralización política y descentralización administrativa fue la fórmula sacrosanta. Experimentaron un inusitado desarrollo en el Quinquenio Reyes como propósito político para apagar los aún humeantes vestigios federalistas. Si bien las medidas de este período corrieron igual suerte que su mentor, la idea departamental permaneció latente hasta los 60, dando lugar a la creación de entidades como Chocó o Cesar. En el 68, con la Reforma Lleras, se convirtieron en las ruedas de transmisión de funciones y recursos nacionales. Es decir, durante este período cimentaron las bases de esa arquitectura institucional que aún pervive. Sin embargo, con la municipalización iniciada a finales de los 80, experimentaron lo que Jaime Castro denominó un período de marchitamiento, el cual alcanzó su clímax en las discusiones de la Asamblea Constituyente de 1991. Allí se propuso su eliminación en aras de un nuevo federalismo (vehemente expuesto por el Centro de Altos Estudios Quirama) o de la regionalización (defendida con ahínco por la bancada costeña en la asamblea). En mi condición de asistente del Constituyente Jaime Castro presencié, de primera mano, el tete a tete de la lucha por la supervivencia departamental, por la preservación de sus monopolios, de sus privilegios políticos. El resultado fue ecléctico. Se constitucionalizó el régimen municipal que venía in crescendo desde las Leyes 11 y 12 impulsadas por el tercer Ministro de Gobierno de Belisario Betancur pero se mantuvo el Departamento … y sus privilegios, es más, se departamentalizaron las antiguas Intendencias y Comisarías y se facilitó la elección popular de Gobernadores. De igual modo, se entronizaron las regiones y se adoptó un catálogo de derechos territoriales, que constituyen el núcleo esencial de la autonomía territorial, como la jurisprudencia de la Corte Constitucional lo denomina. Tal como lo señaló un avispado analista político de la época, la clase política entregó el municipio a la ciudadanía (se permitieron los movimientos y organizaciones ciudadanos) pero preservó para sí el departamento. Y podría agregarse, dio gusto a la representatividad Costeña autorizando la existencia de regiones. Y es acá donde se marca un punto de inflexión en nuestras tradiciones de organización territorial, por lo menos a nivel normativo. En efecto, la Carta Política de 1991 autoriza la existencia de la región en su condición administrativa y, de manera eventual, como entidad territorial. Si bien la región administrativa hunde sus antecedentes en los denominados Corpes, o, incluso, en figuras previas establecidas desde el año 54 con la Corporación Autónoma del Valle del Cauca, es a partir del 91 que adquiere una connotación jurídica propia. Su primer desarrollo normativo pretendió darse en la ley orgánica de planeación (152/94) pero no fructificó. A partir de allí diversas iniciativas han cursado en el Congreso de la República para darle forma legal (determinar cuantas iniciativas, su contenido y origen, puede ser el tema de un diplomado en una innovadora universidad), considerando además que la Corte ha exhortado al Ejecutivo a que presente ese proyecto y al Congreso para aprobarlo, pero han encontrado nulo ambiente político en el recinto de la democracia para convertirse en ley de la república. ¿Que explica esta situación? Me atrevo a pensar que una razón fundamental para tan precaria suerte es la indefinición del rol del departamento en una región, valga decir, su eventual pérdida de poder político, económico y jurisdiccional amen, para el nivel nacional, de los riesgos de concentración de negociación política regional en un puñado de regiones haciendo un fuerte contrapeso al nivel nacional. En ese orden, a la vez que en el Legislativo no se reglamentan las reglas constitucionales sobre regiones, diversas normas han dado génesis a un paulatino y sólido proceso de fortalecimiento del rol departamental. De manera inmediata podría pensarse como punto de partida del resurgir departamental, la experiencia de los planes departamentales de agua (PDA). Dejando de lado consideraciones sobre el éxito o no del PDA, este instrumento ubicó como eje de su actuación al departamento, haciéndolo responsable de coordinar y ejecutar, a través de diversos esquemas y agencias, los recurso de agua potable a nivel territorial. A ello se suma, la atribución de funciones en relación con regulación sobre usos del suelo en fenómenos de interjurisdiccionalidad y la necesaria articulación de planes de desarrollo y de ordenamiento metropolitano y distritales conforme lo prevén las leyes de áreas metropolitanas (1623/13) y de distritos (1617/13), respectivamente. Pero el asunto no se detiene allí. El fortalecimiento se ha dado particularmente en el tema financiero y de ejecución regionalizada de proyectos. Para ello, basta citar la ley de regaláis (1530/12) que define al departamento como beneficiario directo de los cupos del sistema general de regalías. De manera complementaria, el fortalecimiento del nivel distrital, en la medida que se comportan como cuasidepartamentos, ayuda en este proceso debilitando los fenómenos regionales, además. De igual modo, los contratos-plan suscritos por el Gobierno Nacional van dirigidos a Departamentos como beneficiarios y ejecutores principales, convirtiendo de este modo a los departamentos en la locomotora que jalona los intereses políticos dela Casa de Nariño. A ello se suma el proyecto de ley que buscar actualizar el desueto régimen de organización administrativa, vigente desde el año de 1986. Si a ello se agrega el lobby político a través de la Federación de Departamentos, desplazando el protagonismo que en su momento disfrutó la Federación de Municipios (hoy ejerciendo funciones de defensa judicial más que de representación de intereses municipales) puede señalarse que el Departamento ha encontrado un espacio renovado en el escenario político y territorial. Aquí estoy y aquí me quedo parece ser el slogan de este fortalecimiento departamental.

Leave a Reply